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Derechos Humanos

JUICIO DE EXTRADICIÓN SIN PRUEBAS

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Facundo Jones Huala con sus derechos vulnerados

            En una sola audiencia y sin permitir presentar pruebas a sus abogados defensores, el juez subrogante de Bariloche aprobó la extradición a Chile del líder mapuche Facundo Jones Huala.

            El 1/8 debía conocerse la resolución en el juicio iniciado la semana pasada, para resolver el pedido de extradición efectuado por el Poder Judicial de Chile respecto del lonko mapuche. Sin embargo, el juez Gustavo Villanueva adelantó su sentencia, luego de una audiencia realizada el jueves 27/7 en el Escuadrón 36 de Gendarmería Nacional de Esquel. El abogado defensor de Facundo, Eduardo “Negro” Soares, se lo recordó en su alegato: el 1 de agosto, además de ser el día de la Pachamama, celebrado por todas las comunidades originarias, se cumplía un nuevo aniversario de la desaparición seguida de muerte del joven Santiago Maldonado, tras la represión de efectivos de la Gendarmería en el Pu Lof Cushamen.

            En la sala de audiencias, la mayor parte del público eran integrantes de esa comunidad, que portaban retratos de Santiago.

            Facundo ya había sido extraditado a Chile, en 2018, y fue el mismo juez Villanueva quien resolvió favorablemente esa petición de la justicia transandina. Allanado el camino judicial, el entonces presidente Mauricio Macri firmó la extradición y el líder mapuche fue enviado a Chile. Allí fue juzgado por un Tribunal de Valdivia y condenado a seis años de prisión por los delitos de “incendio” y “tenencia de armas”, que habrían sido cometidos en 2013. Facundo siempre negó haber estado en el lugar de esos hechos, mientras que las armas por las que se lo acusa, eran artesanales, no de guerra.

            En enero de 2022 le fue concedida la libertad condicional, al cumplirse los dos tercios de su condena. Facundo pidió poder cumplirla en Argentina, pero la Corte Suprema de Chile rechazó ese pedido y además revocó el beneficio otorgado, ordenando que volviera a la cárcel a cumplir la totalidad de la pena. El líder mapuche no acató esa resolución y se profugó; en enero de este año fue apresado en El Bolsón y fue llevado detenido al Penal 14, en Esquel. En febrero, el Poder Judicial de Chile pidió su extradición al ministerio de Relaciones Exteriores de Argentina.

UN JUICIO SIN PRUEBAS

            Los defensores de Facundo plantearon la nulidad del juicio por haber rechazado el juez todas las pruebas presentadas, y haber aceptado las planteadas por la fiscalía, a cargo de Cándida Echepare  y Diego Solernó. Soares planteó que no había garantías del cumplimiento de la condición del art. 11 inc e de la ley 24.767, que establece que la extradición no será concedida “si el Estado requirente no diere seguridades de que se computará el tiempo de privación de libertad que demande el trámite de extradición, como si el extraditado lo hubiese sufrido en el curso del proceso que motivó el requerimiento”.

            Los planteos de nulidad de la defensa fueron desestimados, y justamente se referían al rechazo del juez respecto de la prueba presentada para ser analizada en la audiencia. Sin embargo, toda la prueba presentada por el Ministerio Público Fiscal fue admitida, con lo cual, expresó Soares, se evidenció una “desigualdad manifiesta” respecto al trato que deben tener las partes en un proceso, y se violó la garantía constitucional de defensa en juicio (art. 18 de la Constitución Nacional).

            La defensa fue al juicio “con las manos atadas”, lo que motiva un “antecedente peligrosísimo” para posteriores juicios donde estén en juego derechos de raigambre constitucional.

            También acusaron al Fiscal de permitir ese accionar del juez, ya que la misión del Ministerio Público Fiscal es velar por el cumplimiento de la ley, por el orden público, y privar de la defensa a un acusado es violar garantías constitucionales. El principio “in dubio pro reo” no jugó en esta oportunidad a favor de Facundo.

LUCHA ANCESTRAL

            El juicio contra Jones Huala, además de coincidir con la fecha de la desaparición de Santiago, se dio también durante el recorrido del Tercer Malón de la Paz, formado por diferentes comunidades originarias que, en un largo camino iniciado en Jujuy, fue pasando por diferentes provincias hasta arribar el 1 de agosto a la ciudad de Buenos Aires. Justo en el Día de la Pachamama, vinieron como en 1946 a exigir a los poderes judicial y político, el reconocimiento de sus derechos históricamente negados y avasallados.

            En el sur patagónico, el pueblo mapuche libra una batalla desigual por sus territorios, en una vasta y rica región donde un millonario británico como Joe Lewis puede tener miles de hectáreas, incluso en áreas de frontera, no permitidas por la ley para personas o empresas extranjeras.

            En Jujuy la reforma de Gerardo Morales se hizo a la medida de las empresas mineras, que ambicionan los ricos yacimientos de litio. Y el nuevo texto se aprobó sin consultar a las comunidades, como lo ordena la Constitución Nacional, pues afecta sus territorios. Para reclamar por esos derechos, están hoy en la capital del país, a exigir a la Corte Suprema que declare la inconstitucionalidad de la reforma, así como también al Presidente Alberto Fernández, que decrete la intervención de la provincia de Jujuy.

IRINA SANTESTEBAN

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