Nacionales
YPF S.A.
Se viene otro fallo contra Argentina en EE UU
Por Horacio Rovelli. El Cohete a la luna
En noviembre 2011, YPF S.A. hizo el anuncio del descubrimiento de petróleo en Neuquén, en la formación denominada Vaca Muerta, calificándolo como uno de los reservorios de hidrocarburos no convencionales más grandes y con mayor calidad del mundo. Sin embargo, la empresa continuó con su plan de desinversión y su correlato en el pago de dividendos que, en lugar de destinar la ganancia a los pozos y a la producción, la distribuyeron entre los accionistas (los principales Repsol 57 % y el Grupo Petersen-Eskenazi con el 25 % del paquete accionario). Entre 1999 y 2010, se pagaron 13.246 millones de dólares en concepto de dividendos. En 2011, la Argentina se convirtió en un importador neto de gas y petróleo con un déficit de 3.029 millones de dólares.
En ese marco, el 16 de abril de 2012, el gobierno argentino anunció la decisión de expropiar el 51 % de las acciones de YPF S.A. pertenecientes a la petrolera española Repsol. Días más tarde, la medida fue ratificada por el Congreso Nacional que dio lugar a la Ley 26.741 que declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el 51 % del paquete accionario, por lo que la empresa española se quedó, en ese momento, con el 6 % del capital (dado que poseía el 57 % de YPF S.A.).
La Ley 26.741 mantiene la forma de Sociedad Anónima, por ende, la empresa no queda sujeta a la ley de obras públicas, al régimen de contrataciones del Estado, al régimen de información pública, a la ley de procedimientos administrativos, etc. Tampoco queda sujeta al control de la SIGEN. Por lo que es una empresa con 51 % del capital estatal, pero se administra como empresa privada.
La familia Eskenazi
En la época del menemismo diversificó su accionar y la familia Eskenazi adquirió la mayor parte del paquete accionario de los bancos provinciales de Entre Ríos, Santa Fe, Santa Cruz y San Juan. A través de las empresas Petersen Energía Inversora y Petersen Energía, poseía acciones por el 25 % de YPF, compradas a la petrolera española Repsol en dos operaciones, una a fines del año 2007 y la otra en el año 2011.
Los Eskenazi adquirieron las acciones a través de préstamos de bancos internacionales y se comprometieron a pagar con el giro de dividendos de sus acciones en la empresa petrolera. Es por eso que, en su estrategia de defensa ante la Justicia de los Estados Unidos, el gobierno argentino consideró “fraudulenta” esta operación, por lo que alegó que no debía continuarse con el litigio.
El pago de los créditos adeudados por el grupo Petersen-Eskenazi se vio interrumpido con la estatización del 51 % de las acciones de YPF, que fueron expropiadas por el Estado argentino a la española Repsol. A partir de entonces, la administración de la compañía prohibió el giro de dividendos, lo que provocó la quiebra de las empresas de los Eskenazi, que no pudieron afrontar sus deudas con los bancos extranjeros.
La quiebra de las dos compañías del Grupo Petersen-Eskenazi recayó en el Juzgado Mercantil N° 3 de Madrid, que designó a un síndico y subastó el derecho a litigar. Quien compró esa posibilidad fue Burford Capital. La demanda principal de Burford Capital se sostiene en que, según el artículo 7° del Estatuto de YPF, si alguien compraba más del 15 % de la empresa, debería ofrecer lo mismo a todos los accionistas y no sólo a Repsol. Además, se alega perjuicio porque tras entrar en la compañía, el Estado decidió suspender el giro de dividendos que había sido acordado entre Repsol y el Grupo Petersen, lo que desencadenó que las empresas de los Eskenazi entraran en default al no poder pagar sus deudas.
En defensa de la posición del Estado argentino, Santiago Pérez Teruel, abogado del gobierno, sostuvo que la ley 26.741 de Declarar de Utilidad Pública a YPF S.A. se basó en la Constitución de la Nación Argentina, que es superior al estatuto privado de la empresa y lo que correspondía hacer era el proceso constitucional vigente de expropiación. Pérez Teruel afirma que en el fondo del problema “se está discutiendo si se aplica una regulación comercial o si el Estado tiene capacidad soberana para expropiar un bien cuya utilidad reporta un beneficio para los argentinos”.
El Procurador del Tesoro de la Nación de los años 2016-2019, Bernardo Saravia Frías, aseguró que la compra de acciones del Grupo Petersen-Eskenazi a Repsol fue “fraudulenta” y que la jurisdicción donde deben zanjarse este tipo de conflictos es la argentina, porque aquí está radicada la empresa YPF S.A.
Este último punto fue rechazado el 24 de junio de 2019 por la Corte Suprema de Estados Unidos, que confirmó la jurisdicción neoyorquina. Sin embargo, el 11 de julio de ese año la jueza Loretta Preska, del Tribunal del Segundo Distrito Sur de Nueva York (donde cayó la causa), decidió evaluar la cuestión ante un nuevo pedido de la defensa de la Argentina, rechazando una moción de Burford para iniciar prontamente el juicio.
El gobierno argentino alegó que “no se puede demandar al país en este Tribunal porque el control de las disputas de ley argentina que surjan de los estatutos de una corporación argentina deben ser llevadas a la jurisdicción donde la corporación mantiene su domicilio social, que en este caso es la Ciudad de Buenos Aires”.
Pese a lo presentado por el gobierno argentino, en el fallo publicado en marzo de 2023, la jueza Loretta Preska hizo lugar al pedido del demandante al señalar que la Argentina “prometió a los tenedores de valores que les proporcionaría una salida compensada si recuperaba el control sobre el número requerido de acciones”.
No obstante, indicó que el demandante “ha demostrado la existencia de un contrato válido y vinculante contra la República, pero no contra YPF”, por lo que eximió a la compañía de afrontar las indemnizaciones.
El escrito presentado por la Argentina sostiene que “los demandantes recibirán una ganancia inesperada bajo cualquier escenario, que el grupo Petersen-Eskenazi se benefició durante años por el deterioro de YPF que condujo a la expropiación, y que cualquier otra indemnización por daños exacerbará los desafíos económicos actuales de la Argentina”.