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Derechos Humanos

Hubo sentencia en el Juicio Vesubio III

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   “Vesubio no fue un hecho aislado de la represión, sino una parte de un plan sistemático para la comisión de atrocidades de tal magnitud que constituyeron delitos del derecho interno y del derecho internacional”, afirmaron los representantes del Ministerio Público Fiscal, en el tercer tramo de la causa por los crímenes en ese centro clandestino de detención, ubicado a 300 metros de la autopista Ricchieri que enlaza la Avenida General Paz con el aeropuerto internacional de Ezeiza. Estuvo “operativo” entre abril de 1976 y noviembre de 1978.

  El juicio se inició el 1 de noviembre de 2019 con el análisis de los hechos ocurridos y la imputación de Milcíades Loza, Hugo Roberto Rodríguez, Florencio Esteban Conceski y Roberto Horacio Aguirre. Con la pandemia el proceso fue suspendido y recién pudo retomarse a mediados de 2020 mediante la utilización de la plataforma de videoconferencia.

  Durante el juicio se presentaron 395 casos de privaciones ilegales de la libertad, tormentos, violaciones, homicidios y desapariciones forzadas. El centro clandestino fue desactivado y hasta destruido en 1978, ante el inminente arribo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos prevista para ese año, que al final se concretó el año siguiente.

   Lo que los responsables del genocidio no lograron desactivar ni destruir fue la memoria de los sobrevivientes del centro clandestino, que pudieron reconocer el lugar donde permanecieron cautivos, identificar a las víctimas y a los represores. Y tampoco lo lograron con los familiares y compañeros de las víctimas, ni con los organismos de Derechos Humanos que no dejaron de exigir Memoria, Verdad y Justicia,

   En el tramo III del juicio, que se reinició el 4 de febrero de 2022, se juzgó el homicidio de 50 personas y la privación ilegítima de la libertad y aplicación de torturas a otras 370. El Tribunal escuchó testimonios de sobrevivientes y familiares de víctimas, y la Fiscalía hizo una solicitud de ampliación de las acusaciones y se imputaron a los acusados hechos nuevos surgidos durante el debate, nuevas víctimas y se incluyeron delitos contra la integridad sexual cometidos en perjuicio de 34 mujeres, ubicando la violencia sexual como acto de poder y posesión, lo que surgió de varios testimonios. La violencia sexual sufrida por las mujeres en los centros clandestinos fue específica, sistemática y planificada. Partió de estereotipos de género y los profundizó exhibiendo un claro objetivo disciplinador por lo que era visto como un intolerable apartamiento de los roles históricos asignados en las relaciones de género.

   La Fiscalía solicitó 7 condenas de prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad, pero sólo 3 de los imputados fueron condenados a esa pena: David Cabrera Rojos, Hugo Roberto Rodríguez y Milcíades Luis Loza. Los otros cuatro, recibieron condenas menores. El 1 de abril de este año el Tribunal Oral Federal dictó esa sentencia.

            En El Vesubio fueron asesinados muchos camaradas de Vanguardia Comunista, actual Partido de la Liberación, entre ellos Roberto Cristina, en ese momento Secretario General del Partido. Valoramos el juicio y la sentencia  pero sobre todo la memoria de esos compañeros que nos queda como ejemplo y mandato para seguir militando y exigiendo que se investigue y juzgue a los responsables civiles y eclesiásticos que fueron cómplices del genocidio.

   Como forma de reparación a las víctimas el Tribunal dispuso la reparación histórica de legajos de las y los trabajadores y estudiantes que fueron cesanteados, suspendidos, despedidos, expulsados con motivo de su secuestro, cuando en realidad fueron víctimas de gravísimas violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante el Terrorismo de Estado. Es un paso más en la construcción de la  Memoria, la Verdad y la Justicia para seguir exigiendo cárcel común perpetua y efectiva para los genocidas  y para levantar bien alto las banderas de las y los camaradas desaparecidos.

ELENA RIVERO

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