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Un fallo adverso para la enseñanza religiosa en Salta

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La Corte Suprema de Justicia falló el 12 de diciembre a favor de la Laicidad en las escuelas públicas salteñas. Luego de poco más de 7 años de idas y vueltas legales el Órgano Supremo de Justicia argentina resolvió, con la firma de tres de sus integrantes, Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, declarar la inconstitucionalidad de un artículo de la Ley Provincial de Educación.

La ley 7546, implementada en 2009, dictamina la obligatoriedad de la enseñanza religiosa en en las currículas escolares, dentro de los horarios escolares.

Asimismo, el tribunal entendió que la obligación de los padres de manifestar su religión, y si deseaban que sus hijos e hijas reciban educación religiosa era un atentado a la privacidad de las personas, invalidando dicha normativa.

El largo camino recorrido por los padres que llevaron adelante el amparo judicial culminó ayer con este dictamen, con un voto en disidencia por parte del Juez Horacio Rosatti.

La parte cuestionada de la ley es el inciso “ñ” del artículo 27, en el que establece como uno de los objetivos de la educación primaria el de “Brindar enseñanza religiosa, la cual integra los planes de estudio y se imparte dentro de los horarios de clase, atendiendo a la creencia de los padres y tutores quienes deciden sobre la participación de sus hijos o pupilos. Los contenidos y la habilitación docente requerirán el aval de la respectiva autoridad religiosa”.

Pero la Corte también consideró inconstitucional el formulario que se le pedía a los padres que llenaran, ya que implica una presión para que manifiesten sus creencias, lo que implica una violación a su privacidad.

Estos aspectos incidieron en la decisión del máximo tribunal, aunque la misma no haya avanzado respecto de la constitución provincial que establece que los salteños “tienen derecho a que sus hijos o pupilos reciban en la escuela pública la educación religiosa”.

Previo a este desenlace, el planteo de madres y padres que no querían que sus hijos fueran obligados a participar de enseñanzas y rituales católicos debió enfrentar fallos adversos de los jueces provinciales y el hostigamiento de la prensa y de grupos religiosos que no se privaron de insultos y descalificaciones. En 2012 un juez había pedido que cesen las prácticas religiosas en las escuelas, aunque dejando incólume a la ley salteña en su totalidad; posteriormente, la Suprema Corte Salteña volvió hacia atrás ese modesto avance limitándose a sugerir que a los alumnos cuyos padres expliciten que no quieren tener religión tengan la posibilidad de realizar “actividades alternativas”.

Fue necesario que las madres impulsaran que la causa llegara a la Corte Suprema para poder superar la cerrazón de las instancias provinciales. No es de extrañar que en los tribunales salteños no hubiera avances, siempre cercanos al poder político. El propio gobernador está vinculado al Opus Dei; esa relación llega al punto de mantener acuerdos permanentes con la Universidad Austral, dependiente de esa prelatura creada por Josemaría Escrivá de Balaguer.

Los reclamos por la educación laica tuvieron eco especialmente en la audiencia pública que convocó la Corte Suprema para analizar el caso; allí los funcionarios salteños, como los representantes católicos que apoyaron la ley provincial, quedaron en evidencia en sus posturas oscurantistas, al punto que la propia Ministra de Educación aseguró que en las aulas salteñas “se habla tanto del creacionismo como de la teoría de Darwin”.

MARÍA ALANIZ

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